Fecha de Publicación: 28/09/2020
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Carilla: 32

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI

5

    El valor de los cultivos de caña de azúcar en existencia al 1° de
    julio de 2018 se revaluará de acuerdo al índice que corresponda.

    Dicho valor se amortizará a razón de un 40% (cuarenta por ciento)
    anual para quienes se constituyan en contribuyentes del Impuesto a las
    Rentas de  las Actividades Económicas a partir del 1° de julio de
    2019.
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