Fecha de Publicación: 28/09/2020
Página: 32
Carilla: 32

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI

4

    Fíjanse para quienes se constituyan en contribuyentes del Impuesto a
    las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) a partir del 1° de
    julio de 2019 y que tuviesen cultivos en proceso a esa fecha los
    siguientes valores de los mismos:

Cultivo
Valores por Há.
Trigo
10.830
Cebada
4.840
Lino
4.840
Caña de Azúcar (mantenimiento de cultivo)
52.028
Caña de Azúcar (Implantación)
76.215
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