PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI
Resolución N° 1.421/2025
Se fija nuevo plazo de validez constancia documentación de contingencia (CFC).
(4.010*R)
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
RESOLUCIÓN N° 1421/2025
Montevideo, 28 de agosto de 2025
VISTO: la Resolución N° 798/2012 de 8 de mayo de 2012.
RESULTANDO: que la norma referida estableció las condiciones que regulan el régimen de documentación mediante comprobantes fiscales electrónicos.
CONSIDERANDO: necesario efectuar algunas adecuaciones al mismo.
ATENTO: a lo expuesto
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
1
Sustitúyase el inciso octavo del numeral 17°) de la Resolución N°
798/2012 de 8 de mayo de 2012, por los siguientes:
"La documentación preimpresa para estos casos, sólo podrá ser
utilizada dentro del término de cinco años contados a partir de la
fecha de emisión de la constancia.
Para constancias emitidas a partir del 1° de octubre de 2025, el plazo
para la utilización de la documentación preimpresa a que refiere este
numeral, será de dos años contados a partir de la emisión de la
constancia correspondiente.
Los plazos dispuestos en los incisos anteriores no será de aplicación
en los casos previstos en el artículo 1° del Decreto N° 463/002 de 29
de noviembre de 2002, para los cuales podrá determinarse una fecha de
validez menor."
Director General de Rentas, Gustavo González Amilivia.