Fecha de Publicación: 29/08/2025
Página: 136
Carilla: 136

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI

                          Resolución N° 1.421/2025

Se fija nuevo plazo de validez constancia documentación de contingencia (CFC).
(4.010*R)

   DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

   RESOLUCIÓN N° 1421/2025

                                          Montevideo, 28 de agosto de 2025

   VISTO: la Resolución N° 798/2012 de 8 de mayo de 2012.
   RESULTANDO: que la norma referida estableció las condiciones que regulan el régimen de documentación mediante comprobantes fiscales electrónicos.
   CONSIDERANDO: necesario efectuar algunas adecuaciones al mismo. 

   ATENTO: a lo expuesto

                      EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
                                RESUELVE:

1

   Sustitúyase el inciso octavo del numeral 17°) de la Resolución N°
   798/2012 de 8 de mayo de 2012, por los siguientes:

   "La documentación preimpresa para estos casos, sólo podrá ser
   utilizada dentro del término de cinco años contados a partir de la
   fecha de emisión de la constancia.

   Para constancias emitidas a partir del 1° de octubre de 2025, el plazo
   para la utilización de la documentación preimpresa a que refiere este
   numeral, será de dos años contados a partir de la emisión de la
   constancia correspondiente.

   Los plazos dispuestos en los incisos anteriores no será de aplicación
   en los casos previstos en el artículo 1° del Decreto N° 463/002 de 29
   de noviembre de 2002, para los cuales podrá determinarse una fecha de
   validez menor."

   Director General de Rentas, Gustavo González Amilivia.
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