Fíjase en un peso con setenta centésimos ($ 1.70) por cada cien (100)
kilogramos de trigo nacional adquirido por los molinos, el reintegro que les pagará el Estado a fin de regular los precios de la harina y los subproductos, y del pan.
Este régimen empezará a hacerse efectivo a partir del 1º de Enero de 1941.