FIJACION DE PRECIOS. TRIGO




Promulgación: 31/12/1940
Publicación: 16/01/1941
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1940
  •    Página: 1066
Referencias a toda la norma

Artículo 7

   Fíjase en un peso con setenta centésimos ($ 1.70) por cada cien (100) 
kilogramos de trigo nacional adquirido por los molinos, el reintegro que les pagará el Estado a fin de regular los precios de la harina y los subproductos, y del pan.
   Este régimen empezará a hacerse efectivo a partir del 1º de Enero de 1941.
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