DECLARACION DE ZONA DE INTERES TURISTICO




Promulgación: 26/12/1940
Publicación: 08/01/1941
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1940
  •    Página: 1054

Artículo 8

   Las infracciones a lo dispuesto en esta ley caerán bajo las sanciones previstas en el Código Penal, sin perjuicio de las medidas que podrá aplicar el Poder Ejecutivo.
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