COMERCIO EXTERIOR. FRANQUICIAS TRIBUTARIAS




Promulgación: 05/12/1940
Publicación: 19/12/1940
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1940
  •    Página: 961
Reglamentada por: Decreto Nº 196/017 de 24/07/2017.
Referencias a toda la norma

I
Disposiciones generales

Artículo 5

   El Banco de la República acordará a la importación de aeronaves destinadas a la matrícula nacional, y repuestos para las mismas, el mejor tipo de cambio vendedor de los distintos que rijan y la Comisión Honoraria de Exportaciones e Importaciones, otorgará los permisos de importación respectivos. Dichas aeronaves no podrán ser exportadas dentro de un plazo de tres años, debiéndose en este caso abonar los derechos aduaneros y demás gravámenes de importación así como las diferencias de cambio correspondientes en que fué beneficiada la importación del material.
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