COMERCIO EXTERIOR. FRANQUICIAS TRIBUTARIAS




Promulgación: 05/12/1940
Publicación: 19/12/1940
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1940
  •    Página: 961
Reglamentada por: Decreto Nº 196/017 de 24/07/2017.
Referencias a toda la norma

II
Aviación Civil
C) Comercial

Artículo 29

   Las empresas beneficiarias de concesiones y subvenciones acordadas con arreglo a la presente ley, no podrán en ningún caso, y bajo ningún concepto, capitalizar las concesiones ni el derecho a subvención, atribuyéndole un valor convencional o ficticio, a título de llave o cualquier otro semejante. Se obligan también, a asegurar el personal navegante y el material de vuelo en el Banco de Seguros del Estado. (*)

(*)Notas:
Ver: Ley Nº 11.740 de 12/11/1951 artículo 25 (interpretativo).
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