El plazo para las concesiones y subvenciones que se otorgan por esta ley a las Compañías de aeronavegación "Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea" (P.L.U.N.A.), "Compañías Aeronáutica Uruguaya Sociedad Anónima" (C.A.U.S.A.) y "Expreso del Plata Limitada", es por el término de seis años a contar desde la promulgación de la misma. (*)
(*)Notas:
Ver: Ley Nº 11.740 de 12/11/1951 artículo 25 (interpretativo).