PLAGAS. GARRAPATA




Promulgación: 14/11/1940
Publicación: 26/11/1940
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1940
  •    Página: 845

Artículo 5

   A fin de poder preparar los elementos necesarios y organización de la 
lucha antigarrapatosa dispuesta, y efectuar la propaganda previa, la Dirección de Ganadería podrá utilizar los recursos que se le acuerdan por el artículo 21 de la presente ley, desde el día de su promulgación.
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