PLAGAS. GARRAPATA




Promulgación: 14/11/1940
Publicación: 26/11/1940
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1940
  •    Página: 845

Artículo 3

   El cumplimiento de la presente ley se hará efectivo después de 
transcurrido un año de la fecha de su promulgación, y siempre que este vencimiento coincida con el mes de noviembre; de lo contrario debe iniciarse su vigencia en el mes de noviembre del año próximo siguiente.
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