PLAGAS. GARRAPATA




Promulgación: 14/11/1940
Publicación: 26/11/1940
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1940
  •    Página: 845

Artículo 17

   Todos los locales de remates-ferias y exposiciones o establecimientos 
donde se realicen liquidaciones de haciendas bovinas, estarán obligados a poseer bañadero para ganado mayor y serán declarados oficiales a los efectos del cumplimiento de la presente ley.
Ayuda