MINISTERIO DE SALUD PUBLICA. AUTORIZACION. ENAJENACION DE BIENES INMUEBLES




Promulgación: 14/06/1939
Publicación: 19/06/1939
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1939
  •    Página: 513

Artículo 1

   Autorízase al Ministerio de Salud Pública para permutar una parcela de 
terreno de su propiedad, situada en Colón, sobre el camino Colmán,
empadronada con el número 46.133, con un área de veinte mil quinientos metros cuadrados (20.500 m2), con otra propiedad de los señores Passadore, Carrau y Mutio, situada sobre camino vecinal, compuesta de la fracción empadronada con el número 46.128 y parte de la número 53.516, con un área total de veintisiete mil metros cuadrados (27.000 m2) más la suma de nueve mil ciento sesenta y dos pesos ($ 9.162) importe de la diferencia de valor existente entre ambos terrenos y mejoras, según tasación practicada por la Dirección de Avalúos y Administración de Bienes del Estado. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

Artículo 2

   La suma de nueve mil ciento sesenta y dos pesos ($ 9.162.00) a que se 
refiere el artículo 1.º, deberá ser destinada para medicamentos y
alimentación de los enfermos asilados en el Hospital Saint Bois, como así también el producido del arrendamiento que puedan dar los terrenos linderos al citado establecimiento de salud y propiedad del Estado.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

BALDOMIR - JUAN C. MUSSIO FOURNIER
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