BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (BROU). PRESTAMOS




Promulgación: 20/04/1939
Publicación: 28/04/1939
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1939
  •    Página: 309
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   El agricultor beneficiado, al recibir la semilla otorgada en préstamo, 
suscribirá un documento de adeudo a favor del Banco de la República, por 
el valor que aquélla represente, quedando comisionada dicha institución para proceder al cobro de tales adeudos.
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