Fíjase el precio mínimo para la cosecha 1938-39, de los cien kilogramos de trigo, puesto el cereal en Montevideo, en Graneros Oficiales o depósitos que el Banco de la República indique. Dicho precio regirá para trigo natural, sano, seco y sobre la base del peso hectolítrico, de acuerdo con la escala que se establece a continuación:
Para el mes de Diciembre de 1938 y Enero de 1939, $ 5.00; para Febrero y Marzo de 1939, $ 5.05; para Abril y Mayo de 1939, $ 5.10; para Junio y Julio de 1939, $ 5.15; para Agosto y Setiembre de 1939, $ 5.20; para Octubre y Noviembre de 1939, $ 5.25.