PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA. EMISION




Promulgación: 20/01/1938
Publicación: 26/03/1938
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1938
  •    Página: 56

Artículo 6

   Queda autorizado el Poder Ejecutivo para suscribir los documentos y 
realizar con la Municipalidad de Montevideo e instituciones bancarias o financieras del país y de los Estados Unidos de América, los convenios que sean necesarios o convenientes para ejecutar en todas sus partes el plan de Conversión a que se refiere esta ley.
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