Publicada anteriormente: 27/12/1937
CAPITULO XI De los registros de las obras
Se anotarán en el mismo Registro, para que produzcan efectos legales, las transmisiones de los derechos de autor sobre la obra a pedido de parte interesada, formulada en papel sellado de $ 0.50. (*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 55.