LEY DE DERECHOS DE AUTOR




Promulgación: 17/12/1937
Publicación: 27/06/1940
Publicada anteriormente: 27/12/1937
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1937
  •    Página: 873
Referencias a toda la norma

CAPITULO III

Del autor y sus sucesores

Artículo 19

   Por el hecho de que una obra haya sido editada, reproducida o 
representada sin que se hayan pagado los derechos correspondientes, por tolerancia del autor, no se entenderá que éste ha hecho abandono de su propiedad. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 31.
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