EXONERACION DE IMPUESTO. CONTRIBUCION INMOBILIARIA




Promulgación: 15/12/1937
Publicación: 11/01/1938
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1937
  •    Página: 863

Artículo 4

   Los agricultores que deseen ampararse a los beneficios de esta ley 
recibirán gratuitamente las plantas, toda vez que figuren en los registros que serán llevados por las Oficinas Técnicas Regionales.
Ayuda