CODIGO MILITAR. MODIFICACION




Promulgación: 20/11/1937
Publicación: 29/11/1937
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1937
  •    Página: 837
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Las diferencias que se produzcan en las asignaciones mensuales de los 
Oficiales mencionados en el artículo anterior, serán atendidas con el aumento producido en los descuentos de Montepío de Tropa, experimentado por la mejora que, para los sueldos de los mismos fija la ley de Presupuesto General de Gastos para el año 1937; a cuyo efecto ingresará a Rentas Generales la diferencia que así resulte durante el tiempo y la cantidad necesarios para contribuir a solventar la erogación que origine la presente ley. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.
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