DECLARACION DE MONUMENTO NACIONAL




Promulgación: 29/10/1937
Publicación: 12/11/1937
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1937
  •    Página: 776
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   Cométese a la Comisión Nacional de Turismo la adquisición de las tierras a que se refiere el articulado precedente, facultándosele para realizar con las instituciones oficiales pertinentes, las operaciones de crédito necesarias, dentro de la suma de setenta mil pesos ($ 70.000.00) a solventar con sus propios recursos.
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