Todas las obras que se realicen de acuerdo con esta ley se efectuarán por licitación pública, conforme a la ley número 9542 de fecha 31 de Diciembre de 1935.
(Transitorio). No obstante, y mientras subsistan las dificultades derivadas del actual conflicto bélico, autorízase a la Sociedad Anónima Industrias Unidas Casa Blanca a adquirir máquinas y contratar la ampliación de su fábrica de conservas, ubicada en la ciudad de Paysandú, hasta por la cantidad de ciento ochenta mil pesos ($ 180.000.00) nominales, prescindiendo del requisito de la licitación y sin perjuicio de la intervención que le compete al Frigorífico Nacional, conforme se establece en el apartado C) del artículo 3° de la ley que se modifica, y de la ulterior rendición de cuentas ante el Ministerio de Ganadería y Agricultura.(*)
(*)Notas:
Inciso final agregado/s por: Decreto Ley Nº 10.324 de 27/01/1943 artículo
1.