INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION. CONVENIOS COLECTIVOS




Promulgación: 04/08/1937
Publicación: 11/08/1937
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1937
  •    Página: 520
Ver vigencia: Decreto Ley Nº 15.328 Declarada/o Nula/o de 01/10/1982 artículo 16.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Los convenios suscriptos por mayoría por la Liga de la Construcción o
entidades afiliadas, una vez depositado un ejemplar de los mismos en el
Instituto Nacional del Trabajo y Servicios Anexados, adquirirán fuerza
obligatoria para los patronos afiliados o no a las expresadas Liga o
Entidades.
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