PRESUPUESTO. MODIFICACION




Promulgación: 09/01/1937
Publicación: 05/02/1937
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1937
  •    Página: 19
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   Los organismos a que se refiere el artículo anterior podrán prescindir 
del personal de la "Planilla de Disponibilidad" cuando por razones fundadas, 
a juicio del Ministerio o Directorio del Ente Autónomo respectivo de la rama 
a cuya planilla haya de incorporarse el nuevo funcionario, demuestre la 
necesidad de hacerlo así.
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