PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA. EMISION




Promulgación: 31/12/1936
Publicación: 07/01/1937
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1936
  •    Página: 1029
Referencias a toda la norma

Artículo 17

   Todas las obras que se realicen con recursos autorizados por esta ley 
deberán ejecutarse antes del 31 de Diciembre de 1938.
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