Para las obras públicas que se realicen en los Departamentos del litoral e
interior, será obligatorio tomar el 90 % del personal administrativo y obrero
por sorteo entre vecinos de las zonas respectivas, inscriptos en las
Comisiones de Distribución de trabajo.
Esta obligación será para todas las obras, ya sean por administración o por contrato.
La infracción a la presente disposición, será penada en cincuenta pesos ($
50.00) por primera vez y en cien pesos ($ 100.00) por cada una de las
sucesivas.
Dicho personal se solicitará a las Comisiones de Distribución de Trabajo,
las que deberán expedirse dentro de los ocho días. Si vencido el plazo la
Comisión no hubiese designado al personal solicitado éste se tomará directamente.