Autorízase, igualmente, la inversión de veinticinco mil pesos ($ 25.000.00), por una sola vez, en los siguientes fines:
A) Para vestuarios del personal de Carteros de la Capital e interior del
país, chauffeurs, ascensoristas, etc., cinco mil pesos ($ 5.000.00).
B) Para renovación del material rodante diez mil pesos ($ 10.000.00).
C) Para reparación del edificio de la Central de Correos diez mil pesos ($
10.000.00).