CONTADURIA GENERAL DE LA NACION. GARANTIA DE ALQUILERES




Promulgación: 15/12/1936
Publicación: 26/12/1936
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1936
  •    Página: 911
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Todo empleado público incluído en el Presupuesto General de Gastos de la Nación, con un mínimo de tres años de servicio, así como los jubilados,
pensionistas y demás personal de las clases pasivas, tendrán derecho a que la Contaduría General de la Nación, por intermedio del servicio que se crea, le otorgue la garantía correspondiente en los contratos que realicen por arrendamiento de casa-habitación.
   Facúltase a los Gobiernos Departamentales para organizar este mismo 
servicio para el personal de sus dependencias.
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