Ley N° 9618
BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY (BHU). VIVIENDA
Promulgación: 27/11/1936
Publicación: 12/12/1936
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 0
- Año: 1936
- Página: 880
Artículo 15
Las viviendas estarán exentas del pago de la contribución inmobiliaria
durante diez años, y del 50 % en los diez años subsiguientes.
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