La barrera mencionada será adjudicada en venta en primer término a los
productores rurales exclusivamente, al precio de costo C. I. F. en
puertos uruguayos, pagadero en cuatro anualidades adelantadas sin interés a razón de 20 % de dicho importe por cada anualidad. El productor rural que lo desee podrá devolver la barrera al terminar la campaña, quedando exento del pago de las tres anualidades siguientes.