FRANQUICIAS ADUANERAS




Promulgación: 20/08/1936
Publicación: 28/08/1936
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1936
  •    Página: 611

Artículo 2

   La franquicia autorizada en el artículo anterior se refiere 
exclusivamente a todos aquellos artículos, materiales y enseres que se justifique debidamente haber sido empleados en la construcción y reparación de los aeropuertos o bases del servicio aéreo, comprendiendo las estaciones radiotelegráficas de los mismos.
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