FIJACION DE IMPUESTO. CONTRIBUCION INMOBILIARIA. MOROSOS




Promulgación: 02/07/1936
Publicación: 11/07/1936
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1936
  •    Página: 495
Referencias a toda la norma

Artículo 11

   Tanto los funcionarios administrativos como los Fiscales que hubieren 
incurrido en las omisiones por las que se les responsabiliza en el artículo precedente, incurrirán en apercibimiento por la primera vez y en multa de diez pesos por cada una de las subsiguientes.
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