EXONERACION DE TRIBUTO




Promulgación: 31/12/1935
Publicación: 27/01/1936
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1935
  •    Página: 1064

Artículo 2

   Las Compañías o Empresas telefónicas autorizadas, presentarán a la 
Dirección General de Aduanas un detalle especificativo de cada partida de los materiales a importarse, a los efectos de que la UTE pueda realizar la debida verificación de que han sido utilizados en obra dichos materiales.
Ayuda