FIJACION DE IMPUESTO. CONTRIBUCION INMOBILIARIA




Promulgación: 01/08/1935
Publicación: 10/08/1935
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1935
  •    Página: 531

Artículo 4

   El cincuenta por ciento (50 %) de los recargos a que se refiere el
artículo anterior será destinado íntegramente para abonar los honorarios de los Procuradores que hubieren intervenido.
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