LEY DE ORDENAMIENTO FINANCIERO




Promulgación: 31/01/1935
Publicación: 08/02/1935
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1935
  •    Página: 126
Referencias a toda la norma

Artículo 21

   Los funcionarios de las Bolsas de Trabajo deberán abstenerse, bajo pena de destitución e inhabilitación para ocupar cualquier otro empleo público, de formar parte de comisiones o clubs políticos, de suscribir manifiestos de partidos, y en general, ejecutar acto público o privado de carácter político, salvo el voto.
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