LEY DE ORDENAMIENTO FINANCIERO




Promulgación: 31/01/1935
Publicación: 08/02/1935
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1935
  •    Página: 126
Referencias a toda la norma

Artículo 15

   (*)
   La Sanidad Militar, además de su cometido actual, prestará el mismo servicio y en iguales condiciones, al personal policial en el Departamento de Montevideo y al procedente del interior.

(*)Notas:
Inciso 1º) derogado/s por: Ley Nº 15.809 de 08/04/1986 artículo 458.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 9.461 de 31/01/1935 artículo 15.
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