LEY DE ORDENAMIENTO FINANCIERO




Promulgación: 31/01/1935
Publicación: 08/02/1935
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1935
  •    Página: 126
Referencias a toda la norma

Artículo 119

   Sin perjuicio de lo que haya de disponer oportunamente el Estatuto del Funcionario, en los casos en que se determine que la provisión de vacantes en los Servicios Descentralizados a que se refiere el artículo anterior, debe realizarse por concurso, corresponderá someter a la aprobación del Poder Ejecutivo, las bases respectivas. Los Tribunales encargados de apreciar esas pruebas serán siempre integrados por un miembro designado por el Poder Ejecutivo o por la entidad en quien éste delegue esa facultad. (*)

(*)Notas:
Agregado/s por: Ley Nº 9.640 de 31/12/1936 artículo 1.
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