Constitúyese una Comisión honoraria integrada por dos magistrados que la Suprema Corte designará, por un Fiscal del Crimen que designará el Poder Ejecutivo, un delegado del Colegio de Abogados y el Profesor doctor José Irureta Goyena, la que tendrá por cometido el de indicar las reformas que convenga introducir en el Código Penal vigente, transcurridos dos años de su aplicación.