BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY (BHU). PRESTAMOS




Promulgación: 10/05/1934
Publicación: 16/05/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1934
  •    Página: 1047
Referencias a toda la norma

Artículo 17

   La mujer casada que adquiera una finca de acuerdo con las disposiciones de esta ley, la adquiere como bien propio, y no necesita el consentimiento del marido ni la venia judicial. La misma libertad para gravar o enajenar tendrá la mujer soltera que posteriormente contraiga matrimonio.
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