ASISTENCIA PUBLICA NACIONAL. BIENES INMUEBLES




Promulgación: 28/04/1934
Publicación: 05/05/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1934
  •    Página: 942

Artículo 2

   Autorízase al Poder Ejecutivo a ceder a otros organismos del Estado o
Entes Autónomos, mediante las compensaciones correspondientes, parte de las construcciones de esos hospitales que pudieran tener conveniente utilización.
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