Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar la venta de los predios de los Hospitales Fermín Ferreira y Vilardebó, con la intervención del Banco Hipotecario del Uruguay.
Esta autorización alcanza también a todas las operaciones financieras tendientes al mismo fin, con objeto de poder realizar previamente las construcciones, a fin de darles ubicación a los enfermos.
Autorízase al Poder Ejecutivo a ceder a otros organismos del Estado o
Entes Autónomos, mediante las compensaciones correspondientes, parte de las construcciones de esos hospitales que pudieran tener conveniente utilización.
Declárase que la habilitación del Hospital de Clínicas comportará la clausura del Hospital Maciel y del Hospital Pasteur, autorizándose al Poder Ejecutivo a ceder a otras reparticiones del Estado, Municipio o Entes Autónomos, mediante las compensaciones necesarias, esos edificios.