PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION PARA DISPONER RECURSOS DE RENTAS GENERALES. OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO




Promulgación: 07/03/1934
Publicación: 05/04/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1934
  •    Página: 529

Artículo 2

   Los pensionistas a la vejez amparados por el "Hogar para Ancianos" no recibirán directamente su asignación, debiendo el Estado entregar los haberes correspondientes a la Dirección de esa Institución.
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