MINISTERIO DE SALUD PUBLICA. INSTITUTO ANTIRRABICO. DEPENDENCIA




Promulgación: 01/03/1934
Publicación: 19/03/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1934
  •    Página: 498
Referencias a toda la norma

Artículo 7

   Dentro de los tres meses posteriores a la sanción de esta ley deberá ser remitido para su aprobación, el presupuesto del Instituto Antirrábico.
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