Compete al Instituto Antirrábico:
A) Preparar y aplicar la vacuna antirrábica.
B) Recoger y observar los animales sospechosos.
C) Recoger y eliminar los animales encontrados en la vía y sitios públicos
en infracción de las disposiciones legales pertinentes.
D) Proponer al Ministerio de Salud Pública ordenanzas sobre la higiene de
la rabia.
E) Adoptar, previa aprobación del Ministerio de Salud Pública, medidas de
carácter urgente sobre profilaxis de la rabia.