Cométese al Poder Ejecutivo para que por intermedio de la Inspección Nacional de Hacienda, controle el cumplimiento de las finalidades que determinan la existencia de la Cooperativa, pudiendo investigarse a pedido de parte interesada. En caso de comprobarse la violación de la presente ley, el Poder Ejecutivo podrá suspender temporariamente las prerrogativas otorgadas.