AUTORIZACION PARA DISPONER RECURSOS DE RENTAS GENERALES. POLITICA SOCIAL. TRABAJADORES. DESOCUPADOS. INMIGRACION




Promulgación: 19/08/1933
Publicación: 02/09/1933
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1933
  •    Página: 773

Artículo 4

   Las Intendencias Municipales procederán, dentro de ocho días, a formular
el plan de obras que deberá ser sometido a la aprobación de las respectivas Juntas Deliberantes.
   Dentro del mismo término deberán constituir las Comisiones Departamentales y Vecinales, donde no existan, las que se reorganizarán de conformidad con la ley de 31 de Agosto de 1932 y decretos reglamentarios de fecha 18 de Abril y
7 de Agosto de 1933.
   Para la designación de las nuevas Comisiones se tomará por base la
elección de Convención Nacional Constituyente.
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