Publicada anteriormente: 08/08/1933
Prorróganse, hasta el 30 de Setiembre próximo, los presupuestos que regían el 30 de Junio pasado en los Entes Autónomos, Municipios y Cajas de Jubilaciones, que se gobernaban por el ejercicio económico, con exclusión del Banco Hipotecario.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 3 y 5.
TERRA - P. MANINI RIOS