ASAMBLEA DELIBERANTE. FACULTADES




Promulgación: 08/06/1933
Publicación: 04/07/1933
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1933
  •    Página: 551

Artículo 1

   Facúltase al Presidente de la Asamblea Deliberante para adoptar todas las medidas necesarias a fin de asegurar el regular funcionamiento de las oficinas y servicios que han dependido hasta ahora de las Comisiones de Palacio y de Biblioteca del Poder Legislativo.

TERRA -  ANDRES F. PUYOL
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