Los sueldos y gastos a que se refiere el artículo anterior, serán atendidos con los siguientes recursos:
Rentas costales telegráficas
A) Producido en el ejercicio 1928:
1.o Correos y encomiendas $ 1.052.278.23
2.o Telégrafos " 361.933.11
3.o Giros " 49.495.36
4.o Servicio internacional " 30.641.35
B) Aumento calculado sobre esta cantidad
5 % aproximadamente $ 74.717.40
C) Del importe de la compensación a pagar
por las empresas telegráficas que hacen
servicios en el exterior, hasta " 152.352
D) Con los recursos originarios de los
impuestos creados por la ley de 22 de
Octubre de 1926 " 88.831.99
Contribución del Estado
Ley 16 de Diciembre da 1915 $ 60.000
Ley 20 de Noviembre de 1918 " 36.000
Ley 22 de Octubre de 1926 " 130.000
Ley 22 de Junio de 1928 " 35.000
Ley 15 de Noviembre de 1925 " 450.000
__________________
$ 711.000
__________________
$ 2:521.249.44