PODER LEGISLATIVO. BIBLIOTECA. ORGANIZACION




Promulgación: 31/05/1929
Publicación: 14/06/1929
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1929
  •    Página: 284
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   La Comisión queda facultada para establecer el régimen interno de la Biblioteca, dictar su Reglamento, nombrar y remover su personal y formular su presupuesto que presentará anualmente a la aprobación de ambas Cámaras.
   Elegirá de su seno al Presidente y Secretario y elevará anualmente a cada Cámara una Memoria de su gestión y una demostración de la inversión de sus gastos.
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