Ley N° 8013
COMPUTO DE SERVICIOS A EFECTOS JUBILATORIOS
Promulgación: 28/10/1926
Publicación: 08/11/1926
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 0
- Año: 1926
- Página: 637
Artículo 11
Quedan anuladas las cédulas otorgadas en casos no comprendidos en el artículo anterior.
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